DISPOSITIVA
En virtud y fuerza de lo antes expuesto, el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa- Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los bienes dejados por el causante JOSE COROMOTO MERLO TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V 2.729.766; Fallecido, el día 19 de Octubre del 2016; a su esposa la ciudadana MELBIS ROSALBA MUÑOZ DE MERLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-. 13.702.845, y a sus hijos; la niña (SE OMITE EL NOMBRE), de tres (03) años de edad, así como los ciudadanos OSACR ALBERTO MERLO GIL, ANA NOVELIS MERLO ARGUELLO, LUISA MATILDE MERLO ARGUELLO, DAVID JAVIER MERLO A.....