DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le otorga la Ley, ha decidido: DECLARA: PRIMERO: SE DECRETA LA SIGUIENTE MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA CONSISTENTE en la consignación de los cánones de arrendamientos derivados de la relación locativa con los bienhechurías consistente en un edificio conformado por cuatros (04) locales de uso comercial, tres (03) apartamentos de uso residencial, área de estacionamiento, ubicadas en la calle 40 (antes de la calle morán), entre carrera 25 y avenida Venezuela, acera oeste, Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara, y de la bienhechurías consistentes en una casa de uso residencial ubicada en la carrera 19 entre calles 40 y 41, Parroquia Concepción, por consiguiente, este Juzgado en aras de salvagu.....