Es por estos razonamientos, que este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos: PEREZ RODRIGUEZ JHONVAIRO JOSUE y COLMENAREZ SALAS IVANA ALEJANDRA, venezolanos, mayores de edad, titular de las cedulas de identidad N° V-29.540.494 y V-28.414.247, domiciliados; el primero en el caserío el mamon casa N° 46, Municipio Páez Estado Portuguesa, teléfono 0412-2924235, correo electrónico Jhonvairo24perez@gmail.com y el segundo en el barrio la Gonzalo barrios vereda 12, casa N° 05, del Municipio Paez Estado Portuguesa, asistidos por la abogada TAMAYRA LISSETTE GUTIERREZ LINAREZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 143.059, telefono: 0414-5568780, con domicilio procesal en la Urbanización la Goajira I bloque N° 3, ap.....