En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve Ratificar la medida de embargo preventivo, decretada en sentencia de fecha 11-05-2006, y debidamente caucionada por la codemandada, ciudadana ZOIMAR SÁNCHEZ ESCALONA, en el presente juicio que por reclamación de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, sigue a ella y a los ciudadanos CARMEN CECILIA SANCHEZ RIVERO, ZOILO JOSE SANCHEZ RIVERO, EDUARDO ENRIQUE SANCHEZ RIVERO, SOLANGE COROMOTO SANCHEZ LOPEZ, ISMAEL JOSE SANCHEZ MELENDEZ, ZOIMAR SANCHEZ ESCALONA VANESA RAQUEL SANCHEZ OSUNA, ASE (representada por su señora madre VIRGINIA ESCALONA PEREZ), DULCE MARIA SANCHEZ OSUNA, y MARITZA BIATRIZ ESCALONA PEREZ, la ciudadana YENNIFER YUBANELA.....