Por los motivos expuestos, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Demanda de Obligación Alimentaria formulada por la ciudadana YURLEY YANEY ARAUJO DE VIVAS, actuando en representación de los niños *****************, en contra del ciudadano LUIS ALBERTO MÁRQUEZ y se fija la suma de CIENTO CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 150.000,00) MENSUALES, y TRESCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 300.000,00) en los meses de agosto y diciembre para la compra de útiles y uniformes escolares, vestuario y calzados Las cantidades de dinero deberán ser depositados en una cuenta de ahorro que deberá aperturar la ciudadana YURLEY YANEY
ARAUJO DE VIVAS, a nombre de los HERMANOS MÁRQUEZ ARAUJO, , en Banfoandes; así como también el padre cancelará el 50% del valor de los honorarios médicos y medicina.