DISPOSITIVA:
Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el desistimiento de la acción y del procedimiento, efectuado por la Profesional del Derecho ciudadana: NORELYS AGUIN DE CEDEÑO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.477.682, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 77.874, en su condición de procuración al cobro del ciudadano: ESTALYS ANTONIO LUQUE ESPINOSA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.477.682, en la pretensión por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACIÓN, contra el ciudadano: VÍCTOR HUGO PIMENTEL HIDALGO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-18.101.170.
En consecuencia, conforme a lo.....