Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado, actuando en sede Civil, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la acción MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO solicitada por la ciudadana MARIA GRACIELA ESCALONA, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, titular de la cédula de identidad N° V-8.059.039, declarándola CONCUBINA del ciudadano JUAN BAUTISTA ROMERO (extinto), quien era venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero; que se inició en fecha 02-07-1971 hasta el día 09-07-2011, cuando ocurre el deceso del mencionado ciudadano.
No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscri.....