Por lo antes expuesto, y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del adolescente Identificación omitida por disposición de la Ley, de 17 años de edad, ni es contrario a derecho; este Tribunal Primero de Primera Instancia en Mediación, Sustanciación y en Funciones de Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en esta ciudad de Guanare, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, conforme a las facultades derivadas del artículo 177, Parágrafo Segundo literal "l" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, LE IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN Y LE DA CARÁCTER DE SENTENCIA FIRME EJECUTORIADA, presentada por los solicitantes, ciudadanos ELDA LUCIA APONTE DE GARCÍA, KAREN KATIUSKA GARCÍA APONTE y KATHERINE KIOMARA GARCÍA APONTE, venezolanos y mayores de edad, y el adolescente Identificación omitida por disposi.....