PRIMERO: El ciudadano: ERICK JOSE CRUZ PEREZ, ofrece por concepto de Obligación de Manutención la suma de CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 5.250,00) mensuales, los cuales serán entregados a la madre, quien se compromete a firmar el recibo correspondiente. SEGUNDO: En relación a los gastos de útiles y uniformes escolares, serán asumidos por ambos padres, de igual forma en el mes de diciembre, el padre se compromete a sufragar los gastos de vestuario, calzado y presente navideño del 24 y la madre del 31. TERCERO: Respecto a los gastos de médico, medicinas, los asume el padre completamente, en relación calzado, vestuario, transporte, guardería y otros que requiera la niña serán cubiertos por ambos padres en proporción del cincuenta por ciento (50%). Así mismo acuerdan fijar el régimen de convivencia familiar de la siguiente manera: PRIMERO: El padre ciudadano ERICK JOSE CRUZ PEREZ, retirará a la niña en la guardería los martes y la regresará al hogar materno los miércoles en .....