PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Actas de Registro Civil presentada por la ciudadana ONEIDA DEL CARMEN HERNANDEZ BRACAMONTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-20.014.517, actuando en nombre y representación de su hija, la niña IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN DE LA LEY, de once (11) años de edad., con fundamento en el artículo 177 Parágrafo Segundo literal "i" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Adolescentes y Adolescentes en concordancia con los artículos 511 y 516 ejusdem, y 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil.
SEGUNDO: RECTIFÍQUESE el acta de nacimiento de la niña IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN DE LA LEY, de once (11) años de edad., la cual se encuentra asentada en los Libros del Registro Civil del Municipio Sucre estado Portuguesa, llevados durante el año 2006, bajo el Nº 113, tomo 1, de 1 folio, la cual presenta errores materiales consistentes en:
1º Error material: En la identificación del segundo apel.....