D I S P O S I T I V A
Por lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en Guanare, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confiere la Ley, acuerda la modificar la Medida de COLOCACIÓN FAMILIAR PROVISIONAL, dictada en fecha 24/11/2015 en el auto de admisión, pautada en los artículos 466 literal "e", 131 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en beneficio del niño IDENTIFICACIÓN OMITIDA POR LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA, de siete (07) años de edad, a ejecutarse en el hogar de la ciudadana CARMEN CORIMAR FERNÁNDEZ RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.475.507 y del ciudadano MARCOS ENRIQUE VELASQUEZ PALMA, residenciados en la Urbanización José Antonio Páez, Ca.....