Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, propuesta por la ciudadana ISIBER YISMAR TOLOZA JOTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.544.426 con citación de su cónyuge el ciudadano FRANCO ANTONIO LEON MILANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.101.560; ambos de este domicilio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil.
En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos en fecha veintinueve de enero del dos mil dieciséis (29/01/2016), por ante el Registro Civil del Municipio Guanare del estado Portuguesa, tal como consta en Ac.....