Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la solicitud de Separación de Cuerpos, efectuada por los ciudadanos OSCAR DANIEL HERNÁNDEZ ZAMORA y MARY DEL CARMEN VARGAS, ya identificados; decretada por este mismo Órgano Jurisdiccional, el día dieciséis de abril de dos mil trece (16-04-2.013), según lo establecido en el artículo 189 del Código Civil. En consecuencia, de conformidad con lo pautado en el artículo 184 eiusdem, queda DISUELTO el vinculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, en fecha tres de marzo del año dos mil once (03-03-2.011), por ante el Registro Civil del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del estado Portuguesa, tal como se evidencia del Acta Nº 12.