Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPÍOS TUREN, SANTA ROSALIA Y ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio propuesta por los ciudadanos LUIS ALEXANDER RODRIGUEZ ROJAS, y ELISA DEL CARMEN GUEDEZ PARRA, plenamente identificados, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil, en consecuencia queda DISUELTO el vínculo Matrimonial contraído por los referidos ciudadanos, por ante el Registro Civil del Municipio Autónomo Esteller, Estado Portuguesa, en fecha 16 de Febrero del Mil Novecientos Noventa (16-02-1.990), inserta bajo el Nº 12, del Libro de Registro Civil de Matrimonio, llevado por el Registro Civil del Municipio Autónomo Esteller, Estado Portuguesa.
Se ordena oficia.....