En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la apelación parcial interpuesta en fecha 11 de febrero 2011, por la ciudadana Nancy Marina Cordero Álvarez, parte accionante en la presente causa, asistida por el Abogado Walid Aboaasi, contra el dispositivo del auto dictado en fecha 07 de febrero de 2011 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en el que negó decretar las medidas de secuestro y de prohibición de pago o retiro de dinero.
SEGUNDO: Se REVOCA PARCIALMENTE el auto dictado en fecha 07 de febrero de 2011, por el Juzgado Primero de Primera Insta.....