DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Califica la aprehensión en flagrancia de las imputadas Leidis Claret León Estrada, Gisela Andreina Quiñónez y Dolores Concilio Sivira conforme al artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal
2.- Se acoge la calificación jurídica por el delito de Lesiones Básicas, conforme al artículo 413 en concordancia con el artículo 416 ambos del Código Penal.
3.- Se acuerda la continuación del procedimiento por la vía ordinaria de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
4.- Se acuerda la libertad de las imputadas Leidis Claret León Estrada, Gisela Andreina Quiñónez y Dolores Concilio Sivira bajo la imposición de la Medida Cautelar Sust.....