DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: A tenor de la disposición contenida en el encabezamiento del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal DESESTIMA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del ciudadano EDWARD ALEXANDER ÁLVAREZ VÁSQUEZ, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.266.133, nacido en fecha 23 de Mayo de 1976, natural de Guanare, Estado Portuguesa, de estado civil soltero, de ocupación comerciante, residenciado en el Barrio Andrés Bello, Avenida 26 con Calle 38, casa s/n, Guanare, Estado Portuguesa;
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena continuar el proceso a través de las reglas del procedimiento ordinario;
TERCERO.....