Se Ordena la apertura a JUICIO ORALY PUBLICO contra el acusado Piña Briceño Richard Lisandro, venezolano, de 35 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.331.533, natural de Bocono estado Trujillo, nacido el 06-11-1974, comerciante, residenciado en Chabasquen, Municipio José Vicente de Unda, calle principal, sector la Recta, casa s/n, de color blanca con rojo, a 100 metros de la Escuela, de Chabasquen estado Portuguesa, por la comisión del delito de Ocultamiento Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico y el Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano.
5.- Se ratifica la Medida Privativa Judicial de Libertad que le fuera impuesta al acusado, de conformidad con los Artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar este Tribunal que no han variado las circunstancias que dieron origen al mismo. Se declara sin .....