Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución N° 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA PENA TOTAL, al ciudadano RAFAEL ARCANGEL COLINA MEDINA, venezolano, nacido el 24-10-1949, de 62 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.565.447, domiciliado en el Caserío Mijaguito, Vía la Misión, vereda 03, Nª 21, Municipio Páez, Estado Portuguesa, de conformidad con el Artículo 105 del Código Penal, en virtud del cumplimiento de la misma, por la comisión del delito de PARTICIPACIÓN EN EL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO, tipificado en los artículos 407 en relación con el ordinal 3ª del articulo 84, todos del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos Sahai Muzhaer y Eiad Muzhaer Nezher. Así se decide.
Regístrese, notifíquese, déjese copia y Archívese.
La Juez Temporal de Ejecución N° 1,
Abg. Dani.....