Por lo anterior expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara La Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, hasta por el lapso de un (1) año once (11) meses y veintisiete días contados a partir de la notificación al ciudadano OWUAL NORBERTO COLMENAREZ GALVIS, venezolano, identificado con Cédula N° V- 14.067.162, obrero, soltero, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido en fecha 02-02-1978, residenciado en Barrio San Rafael de la Colonia casa s/n (cerca del campo de fútbol) Guanare, todo de conformidad con el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
Regístrese, notifíquese a las partes, déjese copia.
La Juez de Ejecución No. 1
Abg. Carmen Zoraida Vargas López .....