Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ORDENA la Rectificación de la Partida de Nacimiento del ciudadano Wilian Antonio Quintero Jacob, inscrita por ante del Departamento de Registro Civil del Municipio Papelón del Estado Portuguesa; durante el año Mil Novecientos Cincuenta y Cuatro (1.954); quedando establecido que su correcto nombre es: "Wilian", es decir, en la Nota Marginal asentada en dicha Partida, debe omitirse la"S". Así mismo, en la Partida inserta por ante el Registro Principal de este mismo Estado, queda establecido que el correcto nombre de su madre es: "Ezequiela".