En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal (UNIPERSONAL) en función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ABSUELVE al ciudadano: LUCIO COROMOTO MENDOZA, venezolano, de 28 años de edad, fecha de nacimiento 01-12-1973, soltero, domiciliado en el caserío La vega, segunda casa del caserío en la Población de Ospino, titular de la Cédula de Identidad N° V.14.204.564, Estado Portuguesa, quien se encuentra cumpliendo medida cautelar de presentación periódica hasta la finalización del juicio, siendo decretada el cese de la misma desde la sala de audiencia de conformidad con lo pautado en el artículo 348 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN CANTIDADES MENORES, previsto en el tercer aparte del ar.....