Por decisión de esta misma fecha se OTORGA el beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL, a favor del penado ARISTOBULO LEGRO MARTINEZ, hasta el día 31 de marzo de 2007, fecha de finalización de la condena, venciendo el período de vigilancia el día 06-05-2008, quien deberá presentarse ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Portuguesa, en el lapso de tres días después de otorgado el beneficio; todo de conformidad con lo previsto en los Artículos 479 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal.