Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA PENA de SIETE (07) AÑOS DE PRESIDIO, impuesta al ciudadano PEDRO MARIA COLMENAREZ, en fecha 14 de agosto de 1995, por el suprimido Superior Segundo en lo Penal del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, por la comisión del delito de HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL, previsto en el artículo 412 del Código Penal, cometido en perjuicio de quien en vida respondía al nombre de GILBERTO ANTONIO SEQUERA YEPEZ; en consecuencia se acuerda su LIBERTAD PLENA; todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 105 del Código Penal.