Se acordó el Beneficio del DESTACAMENTO DE TRABAJO como fórmula de cumplimiento de la pena que le fuera impuesta al penado NERIO RAMON CAMACHO, beneficio que cumplirá bajo la supervisión del Instituto Penitenciario de Capacitación Agrícola y Artesanal del Estado Portuguesa, cumpliendo horario de trabajo en la finca denominada "El Maporal, ubicada en el Caserío el Jobal, Municipio Esteller, Estado Portuguesa, propiedad de la empresa Inversiones Carmel, S.A. donde pernoctará bajo la supervisión de la Dirección del Instituto Penitenciario de Capacitación Agrícola y Artesanal; todo de conformidad con los Artículos 479 Ordinal 1° y 501, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los Artículos 66 y 67 ambos de la Ley de Régimen Penitenciario