DISPOSITIVA.
Por lo antes señalado este Tribunal de Control Nº 01, del Sistema Penal de Responsabilidad del adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Extensión Acarigua, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decretar el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor del adolescente: Se omite su nombre por razones de ley, por imputársele la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS Y CONTRA LA PROPIEDAD, específicamente los delitos de VIOLENCIA FISICA, previsto en el articulo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y HURTO SIMPLE, previsto en el articulo 451 del Código Penal, cometidos en perjuicio de la ciudadana MARIA DE LOS ANGELES GOMEZ RODRIGUEZ, Venezolana, Natural de Araure Estado Portuguesa, de fecha 17/10/1984 de 26 años de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V-1 7.601 .320, residenciado en el Complejo Habitacional Simón Bolív.....