Por las razones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, y en consecuencia DISUELTO el vínculo conyugal que unía a los ciudadanos: ALCIDES DE JESUS PINEDAS y EDITH COROMOTO RODRIGUEZ YEPEZ, ya identificado, en virtud del matrimonio contraído fecha 10 de marzo de 1997, por ante la Prefectura del Municipio Moran del Estado Lara, según Acta N° 3 del año 1.997.