quién suscribe Abogada LISBEYS ROJAS MOLINA, Juez del Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. Sede Acarigua expone: Me INHIBO de conocer la presente causa signada con el Nº PP21-L-2012-000007, motivado a que me siento ofendida por los antes mencionados abogados, y puesto que ambos abogados con ocasión de los hechos bochornosos ocurridos dentro del recinto de este circuito, faltaron el respeto a mi persona, a la majestad de la justicia y a la investidura del cargo que ostento, sentimiento y criterios estos que comprometen mi objetividad en juicio, es por ello que fundamentando en el numeral 19 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil y de la causal número 6° del artículo 31 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo ME INHIBO DE CONOCER LA PRESENTE CAUSA. Se ordena que una vez fenezca el lapso de allanamiento, se remita las actuaciones del presente expediente al Juzgado Sup.....