DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos LUIS RAFAEL GUILLEN VARGAS y KATIUSKA THAIS MORA MORENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-10.637.631 y V-11.078.127, respectivamente, domiciliados el primero de los nombrados en la Urbanización Villas del Pilar, calle 11, casa N° 102, Araure, Municipio Araure del estado Portuguesa, y la segunda en la Urbanización Misia Amelia, Avenida 4, casa número 88, Araure, Municipio Araure del estado Portuguesa, debidamente asistidos por el Profesional del Derecho ALONSO SEGUNDO CORDERO VARGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 172.128, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil.
En consecu.....