Por cuanto no ha habido oposición este Juzgado de los Municipios Turèn y Santa Rosalía de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos CORDERO MARCHAN HAIDEE PASCUALA y JIMENEZ FREDDY RAMON, ya identificados, el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurías antes descritas, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que presentaron copia de Cédula de Identidad de los solicitantes, Cédula Catastral y Plano de Mesura expedidos por la Dirección de Catastro del Municipio Turén, Estado Portuguesa, Constancia de Residencia emitida por el Consejo Comunal Barrio Nuevo, Certificado de Empadronamiento de Terreno Ejido Municipal con Fin Habitacional expedidos por la Dirección de Catastro del Municipio Turén, .....