En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y del Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Primero: Se declara competente para conocer y decidir la Reivindicación de Inmueble, interpuesta por el ciudadano JUAN BAUTISTA MANZANILLA DURAN, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano: GUILLERMO ANTONIO GONZÁLEZ MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-4.958.067, según Poder debidamente autenticado por ante la oficina de Registro Publico del Municipio Sucre y Unda del estado Portuguesa, en fecha 24-04-2024, inserto bajo el N° 2, tomo 6, folios 8/19, contra los ciudadanos Suleima Margot Durán y Javier Durán Durán, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros V-5.633.583, y V-15.138.008, procedente del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del .....