Por cuanto en fecha 11 de Mayo del año 2012, se publicó la SENTENCIA CONDENATORIA, (POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS a los acusados OSMAR ENRIQUE COLMENAREZ PÉREZ, de nacionalidad venezolana, donde nació el 14-03-1987, titular de la cédula de identidad N° V-19.715.313, de 21 años de edad, de profesión u oficio Obrero, residenciado en Baraure II, Sector 07, Vereda 01, Casa N° 04, de Araure Estado Portuguesa, y JESÚS EDUARDO GONZÁLEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Acarigua Estado Portuguesa, donde nació el 02-07-1983, Indocumentado, de 25 años de edad, de profesión u oficio Estibador, residenciado en Los Baraures Sector II, Calle 09, Casa N° 20 de Araure Estado Portuguesa; a cumplir la pena de SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de ley previstas; por la comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en los artículos 451 del Código Penal, cometido en perjuicio de URBANIZACIÓN SAN JOSÉ II, y habiendo transcurrido el lapso legal sin haberse ejercido el Recurso de A.....