D I S P O S I T I V A
Por los motivos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en Guanare, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confiere la Ley y por cuanto no hubo oposición a la presente solicitud, DECLARA: Suficientes las diligencias y pruebas evacuadas, para asegurarle al ciudadano YEISON ALFONSO MARTÍNEZ SULBARAN, titular de la cédula de identidad Nº V-21.161.761, a la adolescente Identificación Omitida por Disposición de la Ley , de 17 y 09 años de edad, respectivamente, la primera titular de la cédula de identidad Nº V-26.972.116, y a la ciudadana YEXIRE VANESA MARTÍNEZ SULBARAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-25.424.421, su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante ANGELA ROSA .....