DECISIÓN
Por todo lo expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara con lugar la aprehensión en flagrancia del ciudadano ÁNGEL MARÍA QUERALES MEJIAS, de 32 años de edad, fecha de nacimiento 04-01-77, venezolano, soltero, de profesión obrero, titular de la cédula de identidad N° V-13.330.779, natural de Guanare, Estado Portuguesa, residenciado en el Caserío las Matas, sector 01, después del elevado de la autopista, hijo de Carmen Querales (Dif) y de Vicente Coromoto Mejías (Viv.), ello por estar llenos los extremos contenidos en el artículo 93 de la Ley sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Así como la prosecución del proceso por la vía especial de conformidad al artículo 94 ejusdem.
SEGUNDO: Se acoge a la precalificación fiscal de Acoso u Hostigamiento y Violen.....