Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con dispositivo legal del Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias bastantes para asegurarle a la ciudadana YOLYS COROMOTO IOZZI ANDRADE, ya identificado, el Derecho de Propiedad y Posesión sobre una parcela de terreno municipal, con una área de construcción de Cuatrocientos con Sesenta y Ocho metros cuadrados (400,68 M2), donde se encuentra unas bienhechurias consistente en: Una (1) casa para habitación familiar, con piso de cemento pulido, techado con zinc, un (1) recibo, un (1) comedor, una (1) sala, dos (2) baños, una (1) cocina, un (1) lavadero, dos (2) puertas principales de hierro, tres (3) habitaciones, cercada la parcela de terreno con pared de bloques por su frente co.....