En virtud de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: IMPARTE LA HOMOLOGACIÒN AL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, formulado por la ciudadana: ISLEIDIS LISBETH QUERALES GOMEZ, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, soltera, ocupación: ama de casa, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.041.109, domiciliada en el Barrios los Unidos Avenida 1, casa S/N P.R. 2 cuadras de la escuela Tiberio Graterol, parroquia Villa Bruzual, Municipio Turén Estado Portuguesa, teléfono (whatsApp), 0416-416-91-70, correo electrónico: isleidisquerales149@gmail.com, debidamente asistida por el Apoderado judicial en ejercicio: PAUL ANTONIO CHIRINOS SARMIENTO, jurídicamente hábil,.....