Vista la solicitud formulada por la ciudadana MARÍA YADIMIR BLANCO TERÁN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-13.329.188, de este domicilio, debidamente asistida por la Defensora (E) para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente Abogada URYDY BEATRIZ COLINA, titular de la cédula de identidad No. 5.722.912, obrando en representación de sus hijos, los niños YAIDARI DEL VALLE CASTELLANO BLANCO, JHON ANTHONY CASTELLANO BLANCO y MERLIS GABRIELA CASTELLANO BLANCO, solicita de este Tribunal AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA COBRAR DINERO, por beneficios laborales, colectivos, contractuales, pensión de sobrevivientes, beneficios de la caja de ahorro, ahorro de ley de política habitacional, prestaciones sociales, fideicomiso y seguro de vida en razón de la muerte del ciudadano ANTONIO JOSÉ CASTELLANO QUEVEDO, y vistos los recaudos producidos con la solicitud y siendo evidente que los niños YAIDARI DEL VALLE CASTELLANO BLANCO, JHON ANTHONY CASTELLANO BLANCO y M.....