Por las razones expuestas y sus fundamentos, este Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS, que rige entre los ciudadanos: ALEXIS ANTONIO CRESPO RODRÍGUEZ y YUBISAY MEDELIN PACHECO MEDINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-10.581.781 y V-14.566.166, respectivamente, domiciliado el primero de los nombrados en la Urbanización Villas del Pilar, calle 06, Tetra 965-B, Tercera Etapa, del Municipio Araure del Estado Portuguesa y la segunda en la Urbanización Villas del Pilar, calle 02, Casa 90, Primera Etapa del Municipio Araure Estado Portuguesa, en virtud del matrimonio contraído por ellos por ante el Registro Civil del Municipio Araure del Estado Portuguesa, en fecha Veintisiete de Noviembre del año Dos Mil Nueve (27/11/2009).....