Se declara las presentes actuaciones Título Supletorio suficiente que acredite a la ciudadana: MARIA DEL CARMEN CASANUEVA DE SUAREZ, de nacionalidad española, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nro. E-81.782.048, en su condición de cónyuge y a sus suscritos nietos, los ciudadanos MONICA MASSIEL SUAREZ ACOSTA Y JORGE EDUARDO SUAREZ ACOSTA, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad No. 16.293.217 y 16.293.218; ambos en dicha sucesión; en representación de su padre muerto el ciudadano ANGEL EDUARDO SUAREZ CASANUEVA, quien falleció ab-intestato en la ciudad de Araure, Estado Portuguesa, el día 17 de Mayo de 1999; como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de los bienes dejados por el causante DIONISIO SUAREZ FERNANDEZ, quien era de nacionalidad española, mayor de edad, casado, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº E-81.782.234, fallecido ab- intestato el día 28 de Junio de 2010, en la ciudad de Araure, Municipio.....