DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal, en función Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: NO DECRETA LA ORDEN DE APREHENSIÓN CORRESPONDIENTE, todo de conformidad con lo pautado en los artículos 250 en relación con los ordinales 1, 2° y 3° y Parágrafo Primero del artículo 251 y artículo 252 del Código Orgánico Procesal Penal, contra el ciudadano ALIRIO ANTONIO MONTES MONTES, Venezolano, de 44 años de edad, de oficio: indefinida, natural de Duaca, Estado Lara, fecha de nacimiento: 14-10-1961, titular de la cédula de Identidad N° 7.597.903. Cúmplace.
EL JUEZ
ABG. RAFAEL A. GARCIA GONZALEZ
LA SECRETARIA
ABG. ANIVETTI MUJICA