Este Tribunal de Control Nº 1 del Circuito Judicial del estado Portuguesa extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO de conformidad con el artículo 44 ordinales 5, 6 y 8 del código orgánico procesal penal para el acusado: JUAN CARLOS BORGES HERRERA, venezolano, de 33 años de edad, F.N 17-11-77, titular de la cedula de identidad N°V- 11.077.072. soltero, profesión u oficio obrero, residenciado en la Av. 03, con calle 11, casa N° 09 Araure Estado Portuguesa y se le imponen las siguientes condicione: 1.-Presentar por ante la alcaldía de Araure para prestar una labor social y deberá presentar constancia de que efectivamente esta realizando dicha labor. 2.- Continuar con los estudios de Bachilleratos en las misiones, deberá presentar constancia de estudios. 3.- Prohibición de acercarse a la víctima. 4.- Mantener un trabajo e igualmente deberá presentar constancia. Dichas condiciones deber.....