En atención, a las consideraciones precedentemente señaladas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 21/10/2010, por el abogado Durman Rodríguez, en su carácter de coapoderado de la parte demandante, integrada por las empresas Inmobiliaria Oliveira, C.A. y Promotora Casa de Campo, C.A contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en fecha 14/10/2010.
SEGUNDO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 25/10/2010, por los abogados Rodol Quijano y Brunilde Gauna, en su carácter de coapoderados de la parte demandada reconviniente, ciudadana.....