Por la razones antes expuestas y existiendo suficientes elementos probatorios, este Tribunal de Control Nº 1 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Condena, de conformidad con lo establecido en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, al adolescente JAVIER DAVID MENDOZA, venezolano, de dieciséis 16 años de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº 22.100.795, fecha de nacimiento 30-08-1991, estado civil soltero, de profesión u oficio sin ocupación, residenciado en avenida 05, con calle 10 y 11, casa nº 15, del Barrio El Esfuerzo, de Villa Araure del Municipio Araure, Estado Portuguesa; a cumplir las sanciones definitivas, las cuales consisten en: REGLAS DE CONDUCTA, para ser cumplida por el lapso de seis (06) meses, consistiendo en la obligatoriedad del adol.....