Por los motivos, este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD PENAL AL PENADO Yegnis Antonio Vásquez, venezolano, natural de Coro Estado Falcón, fecha de nacimiento 19-03/1975, de 35 años de edad, soltero, titular de la cedula de identidad N° V-12.588.075, residenciado en Tacuatro, sector El Refugio Las Torres, entre la carretera Coro y Punto Fijo, Callejo José Gregorio Hernández, casa de Magali Cleotilde Vásquez Rodríguez, de conformidad con lo previsto en los artículos 105 del Código Penal y 497 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese, déjese copia, notifíquese a las partes y víctima por la vía mas expedita de ser posible, y ofíciese a los organismos pertinentes a la Ejecución de la Pena.
La Juez de Ejecución N° 2;
Abg. Ana Isabel Gavid.....