DISPOSITIVA
En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución Nº 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta la Prescripción de la Pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, conforme a lo previsto en el artículo 112 del Código Penal, por que ha transcurrido un tiempo superior al de la pena, impuesta al penado WILMER ANTONIO MONTILLA PIÑERO, venezolano, natural de Mucaro estado Lara, nacido en fecha 03/10/1981, de 35 años de edad, casado, de profesión u oficio mecánico, titular de la cedula de identidad Nº 15.272.230, con residencia en el Barrio El Estadio, casa S/Nº, a dos cuadras del Terminal de Guanarito, estado; por el delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, en perjuicio de ESTADO VENEZOLANO; y por ende se extingue la pena, quedando extinguida la responsabilidad penal, como se señaló anteriormente, por lo que cu.....