DISPOSITIVA
En virtud de las fundamentos precedentemente esbozados, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en funciones de Control Nº 1, DECRETA la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, establecida en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal contra los ciudadanos: MARIA ELIZABETH BETANCOURT PERAZA, quien es venezolana, natural de Guanare Estado portuguesa, de 30 años de edad, fecha de nacimiento 01-12-1.981, soltera, oficios del hogar, residenciada en el Barrio La Polar, calle principal, Municipio Guanare Estado Portuguesa, titular de la cedula de identidad Nº V- 16.356.021, CARLOS MANUEL ARENAS, Venezolano, natural de Acarigua Estado portuguesa, de 41 años de edad, fecha de nacimiento 24-12-1.969, soltero, comerciante, hijo de Maria Arenas (V) y Lorenzo, titular de la cedula de identidad Nº V- 11.077.986, residenciado en el Barrio La Polar, calle principal, Municipio Guanare Estado Portuguesa y JOSE M.....