DISPOSITIVO
Por los motivos expresados este Tribunal de Primera instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: de conformidad con lo establecido en los artículo 190, 191 y 195 todos del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA LA NULIDAD DE LA ACUSACIÓN, interpuesta por la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, contra el ciudadano Isarra Reinoso Hernán Segundo, venezolano, natural de Chabasquen, en fecha 23 -04-1977 titular de la Cédula de Identidad N° 12.646.846, soltero, residenciado en San Genaro de Boconoito Urbanización las Rurales, frente a la Plaza Bolívar, casa sin numero, Municipio San Genaro de Boconoito, Estado Portuguesa, por violación de los derechos fundamentales del imputado contenidos de las normas legales y constitucionales, artículo 125 del Código Orgánico Procesal penal y 49.1 de la Const.....