Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la pretensión Mero Declarativa de Concubinato incoada por el ciudadano DANNY ANTONIO AZUAJE UZCATEGUI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.205.623, de este domicilio, representado judicialmente por su apoderada judicial abogada Silvia del Carmen Perdomo Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 134.278, titular de la cédula de identidad Nº 4.238.034, contra la ciudadana NEREIDA TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.048.617, de este domicilio, debidamente asistida de los abogados en ejercicio Xiomara del Carmen Fernández y Pedro José González Rivas, abogados en ejercicio, inscritos.....