III
DISPOSITIVA:
En fuerza de las motivaciones que preceden, este Juzgado de los Municipios Guanarito y Papelón de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; Declara con Lugar, la demanda de Fijación de Obligación Alimentaria,
intentada por la ciudadana: JESSICA JOHANA JIMENEZ, identificada supra, en su condición de representante legal del niño: XXXXXXX, en contra del ciudadano: LIGMER BLADIMIR PEÑA ORELLANO, identificado supra, y se fija como Obligación Alimentaria, lo solicitado por la actora, la cantidad de Ciento Veinte Mil Bolívares (Bs.120.000,oo) mensuales, a partir del mes de abril de dos mil siete, en los meses de Septiembre y diciembre de cada año, la cantidad de Doscientos Cuarenta Mil Bolívares (Bs. 240.000,oo), para sufragar los gastos de: útiles escolares, ropa y zapato. En relación a los gastos de médico y medicina será proporcionad.....