DECISION
En base a los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Nº4 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, conforme a lo establecido en el artículo 264 en concordancia con lo establecido en el artículo 256, ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, impone a los acusados VICTOR MANUEL RODRIGUEZ FREITEZ, titular de la cédula de identidad Nº18.928.089, venezolano, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, mayor de edad, de profesión u oficio caletero, residenciado en el Barrio los Sabanales, calle 2, con avenida 3, casa sin número, ubicada detrás de la sede de buhoneros, Acarigua, Estado Portuguesa; JOSE GREGORIO MENDEZ GALLARDO, titular de la cédula de identidad Nº17.600.745, venezolano, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, mayor de edad, de profesión u oficio ayudante de soldadura, residenciado .....